La próxima Campaña de la Renta, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, arrancará el 8 de abril de 2026 y se extenderá hasta el 30 de junio de 2026. Tres meses en los que los contribuyentes deberán revisar sus ingresos, retenciones y deducciones para ajustar cuentas con la Hacienda pública.

Conviene recordar algo básico, no es un mero trámite de confirmar el borrador del formulario. Es la liquidación anual del IRPF, el impuesto que grava las rentas obtenidas por las personas físicas durante el año natural. Es donde regularizamos las cuentas con la AEAT, si se ha pagado de más o de menos.

Calendario oficial de la campaña

Las principales fechas del calendario previsto siguen el esquema habitual de los últimos años:

  • 8 de abril de 2026: inicio de la presentación por internet a través del sistema Renta WEB.
  • Mayo de 2026: inicio de la asistencia telefónica con cita previa.
  • Junio de 2026: apertura de la atención presencial en oficinas, también con cita previa.
  • 25 de junio de 2026: último día para presentar declaraciones con resultado a ingresar si se opta por domiciliación bancaria.
  • 30 de junio de 2026: cierre definitivo de la campaña.

Cuanto antes se revise la declaración, mejor. Esperar a la última semana no es una buena estrategia, especialmente si es una renta compleja y el resultado es a pagar.

¿Quién está obligado a declarar?

La obligación depende fundamentalmente del tipo y cuantía de las rentas obtenidas en 2025. Con carácter general:

  • Quienes hayan percibido rendimientos del trabajo superiores a 22.000 euros anuales de un solo pagador.
  • Si existen dos o más pagadores, el límite suele situarse por encima de los 15.000€, siempre que el segundo y restantes superen los 1.500€.
  • Autónomos y profesionales que desarrollen actividades económicas, con independencia del volumen de ingresos.
  • Contribuyentes con rendimientos del capital mobiliario o inmobiliario, ganancias patrimoniales o alquileres que superen los límites.

Aunque no exista obligación formal, es conveniente presentar declaración si el resultado de la misma es a devolver.

Principales novedades fiscales del ejercicio 2025

El ejercicio 2025 no introduce una reforma estructural del impuesto, pero sí incorpora ajustes relevantes:

1. Mejora para rentas del trabajo más bajas

Se consolidan mecanismos de reducción y deducción dirigidos a contribuyentes con rentas salariales modestas. Estas medidas buscan aliviar la carga fiscal de los tramos inferiores y mejorar la progresividad efectiva del impuesto.

2. Incentivos vinculados a sostenibilidad

Se mantienen incentivos relacionados con la transición energética, entre ellos deducciones vinculadas a la adquisición de determinados vehículos eléctricos y a actuaciones de eficiencia energética en viviendas, siempre que se cumplan los requisitos técnicos y temporales establecidos.

3. Ajustes técnicos en estimación objetiva

Para determinados autónomos que tributan por módulos, continúan aplicándose coeficientes correctores y límites revisados en función de la evolución económica. Es imprescindible revisar si se cumplen los parámetros para permanecer en este régimen.

4. Deducciones autonómicas

Hay que estar muy pendientes al listado de deducciones autonómicas que se pueden aplicar en cada comunidad autónoma ya que pueden complementar y ampliar los beneficios y deducciones fiscales según sea nuestra residencia.

Deducciones estatales más relevantes

El IRPF combina reducciones en la base imponible y deducciones en cuota. Entre las más habituales:

  • Vivienda habitual: se mantiene el régimen transitorio para adquisiciones anteriores a 2013.
  • Aportaciones a planes de pensiones: reducen la base imponible dentro de los límites anuales establecidos.
  • Deducción por maternidad y gastos de guardería autorizada, con posibilidad de abono anticipado.
  • Familia numerosa o personas con discapacidad a cargo, que permiten aplicar deducciones específicas.
  • Donativos a entidades sin fines lucrativos, con porcentajes reforzados en los primeros tramos.

El peso de las deducciones autonómicas

No debe olvidarse que cada comunidad autónoma establece sus propias deducciones sobre la cuota autonómica del impuesto. Entre las más frecuentes:

  • Alquiler de vivienda habitual.
  • Nacimiento o adopción de hijos.
  • Gastos educativos.
  • Rehabilitación o mejora de vivienda.
  • Inversiones en determinadas actividades económicas.

En territorios como Canarias, por ejemplo, existen incentivos específicos que reducen de forma significativa la cuota si se aplican correctamente. Aquí es donde una revisión minuciosa marca la diferencia entre pagar lo justo o pagar de más.

Aspectos prácticos que conviene no descuidar

  1. Revisar los datos fiscales no es opcional, es obligatorio en la práctica. La información que figura en el borrador puede ser incompleta o ser deficiente.
  2. Atención a los cambios familiares ocurridos en 2025: matrimonios, divorcios, nacimientos o fallecimientos influyen directamente en el resultado.
  3. Controlar las retenciones practicadas: muchos contribuyentes descubren tarde que sus retenciones fueron insuficientes.
  4. Valorar la tributación conjunta o individual en unidades familiares. Revisar cual es la opción más ventajosa ya que supone un ahorro fiscal interesante.

La Campaña de la Renta es un ejercicio anual de orden financiero. El problema no es el impuesto en sí, sino la falta de planificación previa. Quien planifica durante el año, decide mejor. Quien improvisa en junio, paga lo que salga.

Estar al tanto de las novedades fiscales de la Declaración de la Renta 2025 es clave para evitar errores y aprovechar al máximo las deducciones disponibles. Si tienes dudas, lo mejor es acudir a un asesor profesional que te guíe según tu situación personal.

En la Asesoría Núñez, planificamos contigo la renta para que la presentes con criterio y no vayas a ciegas. Te ayudamos a presentar tus impuestos y cumplir con las obligaciones fiscales sin dolores de cabeza ni sanciones.

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