Cuando se recibe una herencia entre varios herederos y no hay unidad de criterio suelen producirse determinadas situaciones que terminan en callejones sin salida si no se alcanzan acuerdos.

Si los bienes son divisibles, participaciones, dinero, etc… la solución es fácil a la hora de hacer el reparto; El problema se plantea cuando esos bienes no pueden dividirse físicamente y los herederos se convierten en copropietarios en el caso de los inmuebles, fincas, etc…

Que ocurre cuando uno de los herederos se opone a la venta, se le puede obligar a vender su parte de la herencia. La respuesta es clara, Sí se puede pero por vía judicial, no siendo lo más adecuado para los intereses de todos los herederos.

Hay varias opciones posibles, desde la venta a través de la cosa común, la extinción del condominio, o la venta del proindiviso, pero lo más recomendables seria llegar a acuerdos y realizar la venta libre con profesionales que maximicen los beneficios por la venta y proceder al reparto, cediendo todos en algo se logran mejores resultados que oponiéndose de forma sistemática, aunque las relaciones personales no sean las mejores y los sentimientos estén encontrados.

Dividir el bien por el procedimiento de la cosa común es un juez quien determina la finalización de la copropiedad, cuando sea posible la división adjudicando a cada heredero su porcentaje de parte físico y cuando no sea posible ordenará la subasta pública y repartirá entre los herederos la ganancia obtenida por la misma tras detraer los honorarios de abogados, tasadores y resto de gastos.

Otra manera es la extinción del condominio y es cuando unos de los herederos es el que se queda con el inmueble y compensa al resto de copropietarios económicamente por el porcentaje de participación.

La venta del proindiviso es una alternativa consistente en vender la parte a una empresa, que compran proindivisos, con unas condiciones muy por debajo del precio de mercado, no es lo más recomendable pero libera y destraba la situación y es más probable que se puedan llegar a acuerdos posteriores.

Siempre la mejor opción será negociar entre las partes con voluntad de alcanzar acuerdos y anteponer las cuestiones personales entre los herederos. Demostrarle fehacientemente al heredero que tiene recelos que será más rentable siempre vender a precio de mercado. Incluso un poder a un tercero de su confianza para el momento de la venta evitar estar presente el día de la firma o hablar en los oficiales de la notaria para que pueda acudir a firmar previamente al resto de herederos.

La venta del inmueble a precios de mercado en la que todos los herederos obtengan un mayor beneficio con la operación, anteponiendo el interés general y el beneficio propio a las cuestiones personales entre herederos será la mejor opción.

Poder contar con profesionales cualificados en la negociación e intermediación es una garantía para lograr que la venta se realice y la herencia le lleve a buen puerto para beneficio de todos.