Una pregunta recurrente de los autónomos que llevan años trabajando y les empieza a prosperar el negocio es si deben cambiar la forma jurídica. Pasar de ser persona física a jurídica creando una Sociedad es una decisión importante y se deben tener en cuenda determinados aspectos antes de tomar la decisión.

Si en la actualidad estás valorando la posibilidad de pasar de autónomo a Sociedad Limitada, pero tienes dudas que hacen que no estés seguro de dar el paso, desde ASESORÍA NUÑEZ trataremos de despejar las principales dudas para que tomes la mejor decisión.

Vamos a analizar cuándo conviene pasar de ser empresario individual a Sociedad, cuales son las principales ventajas y cuales los trámites para realizar el cambio de autónomo a Sociedad Limitada.

El primer criterio a tener en cuenta es el importe de nuestra cifra de negocios y que la cuenta de resultados sea positiva. La tributación por el I.R.P.F. es progresiva mientras que las sociedades el impuesto de sociedades tiene un tipo general fijo de un 25% sobre la base imponible y un tipo reducido de un 15% el primer ejercicio fiscal.

Si la base imponible de nuestros ingresos superan los 40.000€, sería la primer señal para valorar la posibilidad de realizar el cambio de forma jurídica. Si los beneficios anuales oscilan entre los 40.000€ y 60.000€, seguir como empresario individual tendría un grave perjuicio fiscal y constituir una Sociedad sería la opción más rentable.

Otro factor importante a tener en cuenta para cambiar la forma jurídica es que al cambiar de persona física a persona jurídica se logra limitar nuestra responsabilidad al Capital Social aportado y no a nuestro patrimonio personal.

Toda actividad económica que desarrollemos tiene sus riesgos, siendo autónomo empresario individual se responde con todo el patrimonio personal en caso de pérdidas y deudas. Los autónomos responden con todo su patrimonio, e incluso las deudas podrían alcanzar al cónyuge si el matrimonio esta en régimen de gananciales.

La situación cambia al pasar a sociedad limitada unipersonal, ya que esa responsabilidad se limita únicamente al capital de la empresa, sin poner en riesgo el patrimonio personal, siempre y cuando la gestión y administración de la sociedad sea correcta y profesional en caso de pérdidas, sin actuaciones de mala fe, incoherentes o desproporcionados que llevaría a una derivación de responsabilidades sobre el autónomo o los socios más allá de la responsabilidad jurídica.

También existe la figura del emprendedor de responsabilidad limitada que protege la vivienda habitual del autónomo de posibles deudas.

La financiación es otro factor importante, ya que una empresa siempre tendrá más fácil el acceso a la financiación que un autónomo, aunque este pueda poseer mayor patrimonio para garantizar y avalarla.

La actividad individual tiene sus limitaciones y si se quiere crecer y acometer proyectos futuros y poder acceder a nuevos mercados, dar el salto y tener personalidad jurídica es la opción más correcta. Actuar con personalidad jurídica refuerza la imagen de marca y aumenta la percepción del cliente con la organización más profesional.

Dar un salto de calidad, bajar el importe de la factura fiscal de la empresa, delimitar las responsabilidades, mayor facilidad al obtener financiación, mayor reputación ante clientes y proveedores y una mayor imagen de profesionalidad y seriedad serían los principales factores a tener en cuenta para el cambio. Y contando siempre con la ayuda de buenos profesionales.

Recuerda que en ASESORÍA NÚÑEZ puedes asesorarte con nosotros. Si necesitas mayor información solicita cita previa y en una consulta personalizada podrás resolver todas tus dudas.